De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 13 y 14 del Estatuto de la Comisión Permanente del Pacífico Sur, el Comité Ejecutivo es un órgano encargado de velar por el cumplimiento de las decisiones de la Asamblea y de supervisar las labores de la Secretaría General. Dicho Comité está integrado por los Presidentes de las Secciones Nacionales de los Países Miembros de la Comisión Permanente del Pacífico Sur y tiene entre sus atribuciones las siguientes:

  1. Recibir los informes semestrales que emita la Secretaría General sobre el estado de avance de la ejecución del programa de actividades y del presupuesto;
  2. Controlar y supervisar el cumplimiento de las decisiones de la Asamblea;
  3. Controlar y supervisar la ejecución presupuestal aprobada por la Asamblea;
  4. Comunicar a la Secretaría General las acciones correctivas a adoptarse;
  5. Informar a la Asamblea sobre el cumplimiento de sus decisiones y las labores de la Secretaría General, en el período entre Asambleas;
  6. Establecer, controlar y supervisar, en coordinación con la Secretaría General, las labores de Grupos de Trabajo;
  7. Conocer el informe de auditoría financiera anual de la Secretaría General; y
  8. Participar, en coordinación con la Secretaría General, en la elaboración del Plan de Acción Estratégico y los Planes Operativos anuales.

Reuniones celebradas por el Comité Ejecutivo aquí (acceso reservado).