El tema es relevante para la región, ya que con la consagración internacional de la zona marítima de 200 millas marinas, defendida desde antes de 1952 por nuestros países, el 90% de las pesquerías pasó a ser administrado por los Estados costeros, dentro de los cuales el 20% a 25% de la pesca mundial corresponde a los países del Pacífico Sudeste.
Actualmente, los países ribereños han llegado a las máximas capacidades de captura de los especímenes, pues se ha determinado técnicamente que aumentar el volumen de su recolección dañaría su capacidad de sobrevivencia. En consecuencia, los especialistas de la CPPS han creído necesario sugerir precauciones para no deteriorar dichos recursos y así poder mantener un ritmo adecuado de pesca en el futuro.
La historia de la pesca en la zona brinda casos aleccionadores. En 1972, la anchoveta prácticamente desapareció tras explotarse en demasía. Hoy, su captura es de casi la tercera parte de lo que era a fines de los años sesenta. Actualmente, la población de sardina decrece, tanto en Ecuador como en Colombia. Su pesca es la mitad de lo que era hace una década. El jurel, en tanto, se encuentra en un estado cercano al nivel de máxima explotación.
Para la Comisión Permanente del Pacífico Sur y los países que la integran, un problema de especial interés y preocupación ha sido la pesca que realizan flotas extranjeras en alta mar, en zonas inmediatamente adyacentes a las áreas de las 200 millas donde los cuatro Países Miembros de la CPPS ejercen sus derechos de soberanía y jurisdicción, en desmedro de las poblaciones de peces cuyos territorios se encuentran dentro y fuera de las zonas económicas exclusivas.
De aquí la importancia de lograr convenios para la conservación de las especies de peces transzonales y de las altamente migratorias.
Después de la aprobación del Acuerdo de Nueva York en 1995, los Países de la CPPS, en conformidad con la decisión de la V Reunión de sus Ministros de Relaciones Exteriores, elaboraron el Acuerdo Marco para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos en la Alta Mar del Pacífico Sudeste, el cual fue adoptado en las Islas Galápagos en el 2.000 y aprobado por la VI Reunión de Cancilleres.
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